Elegir su propio médico por una lesión de trabajo, por estado

Quién elige al médico por una lesión de trabajo en cada estado, si puede nombrar al suyo por adelantado y cómo cambiar de médico.

Los plazos son estrictos. Si se acerca uno, llame hoy a la agencia estatal o a la ayuda gratuita.

Un guion significa que los datos no dieron una sola cifra para ese estado; la página del estado tiene la regla en palabras.

Ordenar:
EstadoQuién eligeMédico propio por adelantadoCambiar de médico
Elige su empleador o su aseguradora
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Si no está satisfecho con el primer médico tratante y se necesita más tratamiento, avise a su empleador; usted tiene derecho a elegir a un segundo médico de una lista (panel) de cuatro médicos escogidos por su empleador (que no sean todos de la misma práctica).
Usted elige
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Usted puede cambiar de médico tratante una vez sin el consentimiento de su empleador, pero debe avisar a la aseguradora antes del cambio.
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Elige su empleador o su aseguradora
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Pídalo primero a la aseguradora o al empleador; debe responder dentro de 5 días hábiles.
Depende: se aplican reglas de red y de elección
Permitido
Con una MPN: escoja otro médico de la MPN después de la primera visita.
Elige su empleador o su aseguradora
No permitido
Puede pedir a la Industrial Commission que apruebe a un médico de su elección o que ordene un cambio de médico o de tratamiento.
Elige su empleador o su aseguradora
No permitido
Puede pedir al representante del empleador que le permita ver a otro médico.
Usted elige de una lista
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Dentro de 90 días después de la lesión usted puede hacer un cambio único a otro médico de la lista designada sin la aprobación de la aseguradora, usando el Form WC3.
Depende: se aplican reglas de red y de elección
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Usted puede cambiar de médico tratante obteniendo una referencia de su médico actual, obteniendo la aprobación de la aseguradora (o del empleador autoasegurado), o escribiendo al juez de derecho administrativo de la oficina de distrito con los nombres, direcciones y especialidades del médico anterior y del nuevo y sus razones.
Depende: se aplican reglas de red y de elección
Permitido
Después de 30 días, puede pedir a WSI por escrito un cambio de proveedor, dando sus razones y su elección, y entregar la solicitud a su empleador y a WSI al menos 30 días antes del tratamiento.
Usted elige
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Para cambiar de profesional médico, debe obtener la aprobación por escrito de su empleador (o de la aseguradora).
Usted elige
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La ley no establece un límite para cambiar de médico, pero cada proveedor que use debe ser reportado por escrito al empleador o a la aseguradora.
Usted elige
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Una vez que elija a un médico tratante, no puede cambiar de médico sin la aprobación de la compañía de seguros de su empleador o de la Office of Workers' Compensation.
Elige su empleador o su aseguradora
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Puede pedir a la aseguradora por escrito un cambio de médico durante su tratamiento por cada accidente.
Usted elige de una lista
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Puede hacer un cambio a otro médico del panel colocado (o a otro médico elegible de la WC/MCO) sin permiso de su empleador.
Usted elige
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Puede cambiar de médico tratante una vez, pero debe avisar a la aseguradora del empleador antes de hacer el cambio.
Elige su empleador o su aseguradora
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Para cambiar de médico, primero dé a su empleador o a su aseguradora un aviso por escrito de su solicitud; el empleador debe responder por escrito dentro de 14 días.
Usted elige
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Su segunda opción de médico (y los médicos a los que él lo refiera) es su único cambio.
Elige su empleador o su aseguradora
No permitido
Si siente que no recibe atención médica adecuada, puede presentar una Application for Adjustment of Claim ante la Junta. Si su médico dice que usted alcanzó la mejoría médica máxima y sus beneficios se van a suspender, puede pedir a la Junta un examen médico independiente; el empleador paga uno de esos exámenes.
Elige su empleador o su aseguradora
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Si no está satisfecho con la atención, dígale a su empleador o a su aseguradora por qué (por escrito, si se lo piden) y pida atención alternativa.
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Depende: se aplican reglas de red y de elección
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Dentro de un sistema de atención médica administrada usted tiene derecho a elegir un proveedor del plan, a una segunda opinión pagada por el empleador de un médico externo si un médico del plan recomienda cirugía, y a atención externa cuando el tratamiento no está disponible en el plan.
Usted elige
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Después de su primera elección, necesita el consentimiento de su empleador o aseguradora para cambiar a otro médico de la misma especialidad.
Elige su empleador o su aseguradora
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Después de 10 días de tratamiento, puede cambiar a un proveedor de atención médica de su elección avisando a su empleador el nombre del proveedor y que piensa atenderse allí.
Usted elige
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Si usted y el empleador o la aseguradora no están de acuerdo sobre el tratamiento médico, puede plantear el asunto ante la Comisión presentando un formulario de Issues (asuntos), y un comisionado lo decide en una audiencia.
Depende: se aplican reglas de red y de elección
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Después de la primera cita puede escoger un médico distinto del que le dio la aseguradora y cambiar de médico una vez.
Elige su empleador o su aseguradora
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Después de 28 días, usted puede cambiar a un médico de su elección avisando a su empleador (y a su aseguradora), de preferencia por escrito, el nombre del médico y que piensa tratarse con ese médico.
Usted elige
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Usted puede cambiar de proveedor primario una vez dentro de los primeros 60 días después de que comience el tratamiento de la lesión, sin la aprobación de nadie.
Usted elige
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El proveedor que usted eligió puede referirlo una vez a otro especialista sin la aprobación del empleador ni de la aseguradora.
Elige su empleador o su aseguradora
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No hay un derecho automático a cambiar de médico a cargo del empleador.
Depende: se aplican reglas de red y de elección
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Después de que la aseguradora designe a un médico tratante o lo refiera por escrito a una organización de atención administrada, usted debe recibir atención de ese médico u organización, a menos que la aseguradora autorice otra cosa; la aseguradora no tiene que pagar otra atención, salvo el tratamiento de emergencia.
Depende: se aplican reglas de red y de elección
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Una vez escogido el médico después de que le informaron sus derechos, usted no puede cambiar de médico, a menos que su empleador esté de acuerdo o el tribunal ordene un cambio.
Usted usa la red del empleador
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Si usó el panel del Estado y no está satisfecho con su primer médico, puede cambiar una vez a otro médico del panel dentro de 90 días después de la lesión.
Elige su empleador o su aseguradora
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No hay un derecho automático a cambiar de médico.
Usted elige
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Puede trasladar su atención a otro proveedor autorizado por la Junta. Si empezó en una PPO, después de 30 días desde su primer tratamiento puede escoger a cualquier proveedor autorizado fuera de la PPO avisando por escrito a la aseguradora (basta una carta sencilla); la aseguradora puede exigir una segunda opinión de un proveedor de la PPO. Las aseguradoras también pueden exigir que use su farmacia o su red de pruebas de diagnóstico, y deben avisárselo por escrito.
Nuevo Hampshire
Todavía no cubierto: Agencia estatal de compensación de trabajadores · LawHelp.org
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Depende: se aplican reglas de red y de elección
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La parte que no hizo la primera elección puede cambiar a un proveedor de su elección después de 60 días de tratamiento, enviando a la otra parte un Notice of Change of Health Care Provider (Aviso de Cambio de Proveedor de Atención Médica).
Usted elige
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Para cambiar de médico, llene el Notice to Change Physician of Record (C-23) (aviso de cambio de médico de registro) y envíelo a su MCO (o a su empleador, si es autoasegurado).
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Usted elige
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Después de su primera elección de médico tratante, usted puede cambiar de médico tratante dos veces más por su cuenta.
Depende: se aplican reglas de red y de elección
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Durante los 90 días puede cambiar entre los proveedores de la lista publicada.
Usted elige
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Si la aseguradora tiene una red de proveedores preferidos aprobada por la Medical Advisory Board (Junta Asesora Médica), un cambio desde su primer proveedor debe ser a un proveedor de esa red; para cambiar a un proveedor fuera de la red necesita la aprobación de la aseguradora (o del empleador autoasegurado).
Usted elige de una lista
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Por lo general, la ley no exige que su empleador o aseguradora le dé una segunda opinión, pero usted puede pedirla.
Usted elige
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En una red: puede cambiar de médico tratante una vez sin aprobación de la red; después, la red puede tener que aprobar un cambio.
Depende: se aplican reglas de red y de elección
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Después de la primera visita al proveedor preferido, usted puede hacer un cambio único de proveedor médico durante su reclamo.
Depende: se aplican reglas de red y de elección
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Para cambiar del proveedor del empleador, dé a su empleador un aviso por escrito de por qué no está satisfecho y el nombre y la dirección del proveedor que escogió, con el Form 8, Aviso de intención de cambiar de proveedor de atención médica (disponible con la aseguradora o el Departamento).
Usted elige de una lista
No permitido
Para cambiar a un médico fuera del panel, necesita el acuerdo del empleador o una orden de la Comisión.
Usted elige
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Para cambiar a su médico tratante, debe obtener autorización previa de su ajustador de reclamos.
Usted usa la red del empleador
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Puede cambiar de médico.
Usted elige
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Usted tiene derecho a una segunda elección de profesional avisando a su empleador o a su compañía de seguros.
Usted elige
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Una vez que haya escogido un proveedor, no puede cambiar a menos que su proveedor actual lo refiera a otro, o que usted avise primero a la División por escrito, con el formulario Change of Healthcare Provider (Cambio de proveedor de atención médica) y explicando por qué.